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Tema N°4 – La
justicia
Acepciones de la palabra justicia
Como
conocimiento
|
Como virtud
|
Como
ordenamiento jurídico
|
Como ideal
|
Es el conocimiento de lo que es
justo e injusto. El hombre lo obtiene de forma natural cuando adquiere uso de
razón (8, 9 años)
(Reino del Ser. Armonía e
igualdad. Orden ontológico)
|
Es el bien supremo. Se ve reflejada
la más alta de las virtudes, que es la realización de una ética perfecta (Orden o campo de la moral, Conciencia)
|
La justicia se realizará solamente
cuando el Derecho positivo sea aplicado de forma correcta.
|
La justicia es el ideal que el
Derecho aspira realizar. Por eso los tribunales de justicia deberían llamarse
tribunales de legalidad.
|
Fines del derecho
Justicia
|
Bien
común
|
Mantener
la conducta del hombre hacia un fin
|
Asegurar
el goce y proteger los bienes jurídicos
|
Seguridad
Jurídica
|
Tomás de
Aquino dijo que el hombre vivía en sociedad para realizar sus destinos
personales. Cuando en sociedad el hombre puede lograr sus fines propios, se
hace presente el bien común.
|
Consiste
en lograr un Estado de Derecho, en donde se reconozcan y garanticen los
derechos individuales
|
La Justicia según…
Los
romanos
|
Tomás
de Aquino
|
Justicia
según Pitágoras (Nace Samos, Grecia. 584 a.C.)
|
Justicia
según Platón (Nace en 427 a. C.)
|
Justicia
según Aristóteles (348 – 322 a.C.)
|
“Justicia es la constante y perpetua
voluntad de dar a cada uno lo suyo”
Ulpiano
La
Justicia como virtud debía ser incluida en el Derecho (Según Ulpiano: Dar a cada uno lo suyo)
|
“Justicia
es el hábito por el cual el hombre le da a cada uno lo que le es propio
mediante una voluntad constante y perpetua”
-Tomas
de Aquino
Según Tomás de Aquino, no es justo quien
conoce lo recto, sino quien obra rectamente.
|
Los
pitagóricos fueron los que dieron el primer concepto acerca de justicia.
El número
que representa a la justicia es 3 = 2 + 1
Sus
postulados fueron “No pasar sobre el dike (balanza)”
|
La
Justicia es la virtud por excelencia. Abarca todas las demás virtudes. Se
basa en la idea de bien, y se establece en el orden y armonía del mundo.
Platón
estableció las Cuatro Virtudes Cardinales
|
Aristóteles
fue el que más aportes hizo con respecto a la justicia.
En el
Libro Quinto de Platón, Aristóteles
planteó la problemática de la justicia.
“En
relación a la justicia y la injusticia, se debe considerar en qué aspecto
consisten, en qué clase de posición intermedia es, y entre cual es el extremo
justo, el término medio)
Se debe
determinar lo que es justo y lo que es injusto para determinar de acuerdo al
equilibrio.
|
Las
cuatro virtudes cardinales, según Platón
|
·
Prudencia (Virtud de los
filósofos. Parte racional)
·
Fortaleza (Virtud de los
militares, parte irascible[Fácil de airar])
·
Templanza (Virtud de los
trabajadores)
·
Justicia (Virtud que se basa
en que el hombre haga lo que le corresponde hacer.
El imperio de la justicia se
encontraba en la felicidad, y que la felicidad de la sociedad debía
proporcionarla el Estado. “Hacer cada uno lo suyo”
|
Notas
lógicas de la justicia, según
Aristóteles.
·
Idea de la
proporcionalidad: Debe existir equilibrio entre los hechos y las consecuencias,
los deberes y los derechos, las cargas y los beneficios.
·
Igualdad en la
regulación: Las consecuencias deben ser iguales en condiciones idénticas.
·
Alteridad o
bilateralidad: La justicia no podía ser unilateral. Debía ser impartida por
terceros libres y racionales.
Especies
de justicia, según Aristóteles
·
Justicia
general: Virtud por excelencia.
Abarca el resto de las virtudes (Prudencia, fortaleza, templanza.). Se ordena
vivir según todas las virtudes y se prohíbe hacerlo según todos los vicios.
·
Justicia particular
o Igualadora,
sinalagmática, correctiva, hoy connotativa o conmutativa: La reparación de un daño debía ser proporcional
al daño hecho. Los sujetos de la relación s encuentran en situación de paridad.
No dar o recibir menos.
o Proporcional,
hoy distributiva: Reparto o
distribución de bienes susceptibles de ser distribuidos en la sociedad.
(Honores, títulos, riquezas, asignación de cargos).
·
Justicia natural:
Establecida en todo momento, independiente de la voluntad de los hombres
(Acatada por unos, ignorada por otros.)
·
Justicia legal:
La justicia es indiferente de uno u otro modo, pero cuando se convierte en ley
deja de ser indiferente (Al entrar en el ordenamiento jurídico, no puede ser
ignorada por nadie)
·
Justicia particular: La enfoca con contenido legal y la fundamenta en
la igualdad. La justicia será realizada de diversas maneras en atención a las
relaciones en que se aplique.
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